Se anuncian cambios en la normativa europea que regula los permisos de conducir: entre otras medidas, una afecta al sector del caravaning: se ampliará la MMA de las autocaravanas y campers a 4.250 kg
El sector de los vehículos vivienda ha logrado este año uno de los objetivos marcados por el mercado automovilístico. La Unión Europea ha aprobado una propuesta que afecta a las autocaravana y que permitirá que conductores con un carnet de conducir “normal” puedan conducir vehículos con mayor Masa Máxima Autorizada (MMA), de 3.500 kg a 4.250 kg.
Este cambio es una de las medidas que pretende implementar el Parlamento Europeo en la nueva la 4ª Directiva de Permisos de Conducción dentro de la UE.
El cambio abre un sinfín de posibilidades para los fabricantes de autocaravanas, ya que, entre otras cosas, podrán equipar mejor los modelos, haciendo uso de materiales más económicos, y ofrecer opciones mucho más completas y asequibles. También supone un motivo de celebración para usuarios de este tipo de vehículos, que podrán disponer de autocaravanas o campers más grandes que permitan un mayor confort y autonomía.
Aunque ya se ha anunciado el cambio, todavía quedan algunos detalles por determinar, como las condiciones exactas bajo las cuales se permitirá que los conductores con carnet tipo B puedan conducir caravanas de hasta 4.250 kilogramos de masa máxima autorizada.
Un nuevo logro conseguido por los usuarios de autocaravanas y campers
Después de meses de negociaciones entre la patronal del sector, la Asociación Española de la Industria y Comercio del Caravaning (Aseicar), y los grupos políticos europeos, el pasado miércoles 28 de febrero la Eurocámara decidió dar luz verde a la propuesta de la Federación Europea del Caravaning (ECF).
Es de esperar, según apunta Aseicar, sea en 2025, en la siguiente legislatura, cuando la directiva entre en vigor, tras las elecciones europeas que se celebrarán del 6 al 9 de junio de 2024.
El presidente de Aseicar, José Manuel Jurado, ha anunciado que "si el verano pasado conseguimos la actualización de la instrucción 08 V-74 que determina claramente lo que es acampar y estacionar tras años de negociaciones con la Dirección General de Tráfico (DGT), ahora hemos logrado sacar adelante otra de nuestras viejas reivindicaciones como es aumentar el peso máximo permitido para el carnet B a 4.250 kg". Con esta última medida, Jurado asegura que "poco a poco, estamos posicionando el sector en España donde se merece estar e igualando nuestras normativas y legislaciones a las del resto de países europeos donde el caravaning lleva décadas asentado".
Los vehículos vivienda están en auge
Es de esperar que estas medidas terminen de consolidar el importante repunte que ha tenido el sector en los últimos años. Se trata de una gran noticia para los fabricantes y, en general, para el sector de las autocaravanas; es decir, también para los clientes finales. A todos ellos les permitirá acceder a una oferta muchísimo más amplia de vehículos con todas las comodidades, equipamientos y necesidades perfectamente cubiertas.
Según las últimas estadísticas dadas a conocer por Aseicar, un total de 199 autocaravanas fueron matriculadas en enero de 2024. Un dato que supone un 19,2 % más que en el mismo mes de 2023, que registró 167 autocaravanas, pero un 22 % menos que en 2022, cuando se contabilizaron hasta 255 matriculaciones.
En cuanto a las caravanas, 92 se matricularon en enero de 2024, es decir, la misma cifra que en enero de 2022 y un 27,8 % más que el año pasado. Por su parte, las furgonetas camper fueron los vehículos que más matriculaciones contaron en 2024, con un total de 261 (un 59,1 % más que en enero de 2023 y hasta un 105,5 % más que en 2022).
Desde la patronal resaltan que "es el mejor enero de los años post pandemia, pero muy por detrás de las matriculaciones de enero 2019 y 2020". A pesar de los buenos resultados, matizan que es importante no perder la cautela y seguir atento a como evolución las regulaciones, más o menos permisivas, de los diferentes ayuntamientos y regiones, en relación al turismo itinerante.
Un posible impacto del aumento MMA de las autocaravanas y campers a 4.250 kg: mejora en la oferta de vehículos eléctricos
¿Tendrá impacto el límite de 4,25 toneladas en las futuras autocaravanas eléctricas?
¡Definitivamente! Un obstáculo importante en la construcción de vehículos eléctricos es sobre todo el peso, que ya es considerablemente más alto que el de los vehículos con sistemas de conducción convencionales debido a la batería eléctrica sola - para el rango más largo posible. Incluso los coches normales en el segmento SUV ya están cerca de 3 toneladas en algunos casos.
Para autocaravanas o furgonetas camper que dependen de sistemas de conducción electrónicos y que también deben tener una cierta capacidad de carga útil, las 3,5 toneladas actualmente válidas serían extremadamente difíciles de implementar o implicarían varias restricciones, por ejemplo en términos de comodidad o alcance. Con 750 kilogramos más de margen en el futuro, 4,25 en lugar de 3,5 toneladas, las posibilidades de baterías más grandes o más carga útil para un cierto estándar mínimo de comodidad serían más fáciles de implementar.
Sin embargo, con un peso del vehículo de más de 3,5 toneladas, también se debe tener en cuenta que ciertos costos para viajes dentro de la UE aumentarán, incluyendo tarifas de peaje más altas o cargos dependientes de la ruta en el extranjero y límites de velocidad más estrictos o restricciones de espacio de estacionamiento en algunos casos.
Cambios adicionales planeados con la 4ª Directiva de Permisos de Conducción dentro de la UE
- Límite de tiempo a partir de los 70 años: Según el borrador, todos los estados miembros deberían haber limitado la validez de los permisos de conducción para personas mayores de 70 años a un máximo de 5 años. Esto habría facilitado la introducción de "pruebas de aptitud para la carretera" o cursos de actualización en todos los países de la UE. Además, incluso se contemplaban controles de salud obligatorios al comprar, intercambiar o renovar un permiso de conducción. Esta propuesta fue rechazada por mayoría en el Parlamento Europeo.
- Límite de tiempo: En el futuro, los permisos de conducción para coches y motocicletas serán válidos por al menos 15 años, y los permisos de conducción para camiones y autobuses por 5 años. Debido a la posible discriminación contra los ciudadanos mayores, se rechazó un acortamiento de los períodos específicamente para los conductores mayores, ya que el derecho a la libertad de movimiento y la participación social deben permanecer garantizados.
- Permiso de conducir digital: Con la implementación de la nueva directiva de la UE, también se introducirá un permiso de conducir digital. En el futuro, debería ser posible verificar un permiso de conducir con una aplicación de smartphone, por ejemplo durante un control policial o al alquilar un vehículo. En lugar del chip actual, la tarjeta de permiso de conducir contendrá un código QR para prevenir intentos de falsificación.
- Período de prueba de la UE para nuevos conductores: El Parlamento Europeo también ha decidido introducir un período de prueba de la UE de al menos dos años. Hay un cambio para los conductores novatos en el período de prueba que deseen obtener un segundo permiso de conducción: El período de prueba restante para la primera categoría permanecerá en vigor para el segundo permiso de conducción, a menos que el período de prueba restante sea menor de 6 meses, en cuyo caso se extenderá automáticamente a 6 meses. Durante el período de prueba, se aplican regulaciones y penas más estrictas en toda Europa por delitos como conducir bajo la influencia del alcohol o drogas, exceso de velocidad, uso de vehículos no autorizados, falta de equipo de seguridad y conducir sin un permiso de conducción válido.
- Prohibiciones de conducción y sistemas de puntos de la UE: En el futuro, se debería prestar aún más atención al cumplimiento de los límites de velocidad, el consumo de alcohol y especialmente de drogas al volante, porque los puntos de penalización pronto se almacenarán en una base de datos en toda Europa para facilitar los controles oficiales y, en el futuro, las prohibiciones de conducción se aplicarán a todos los países de la UE, es decir, ¡una prohibición de conducción en Alemania entonces se aplicará en toda la UE!
- Reducción de la edad mínima para camiones y autobuses: En Alemania, actualmente se requiere una edad mínima de 21 años para las licencias de categoría C de vehículos pesados y de 24 años para las licencias de categoría D de autobuses. Para abordar la creciente escasez de conductores profesionales, los diputados han decidido que los jóvenes de 18 años puedan obtener un permiso de conducir para vehículos pesados o autobuses de hasta 16 pasajeros, siempre que tengan las cualificaciones adecuadas.
- Conducción acompañada desde los 17 años: Desde 2011, ha sido posible en Alemania obtener un permiso de conducir de la categoría B a la edad de 17 años y conducir acompañado por un acompañante registrado. Esto ahora se introducirá en las categorías de permisos de conducción B, C y C1 mediante una regulación de la UE. Sin embargo, los estados miembros individuales también pueden establecer requisitos más estrictos para la emisión de sus permisos de conducir, lo que puede llevar a diferencias dentro de la UE.
Conclusión
El trabajo de las autoridades de la UE en Bruselas y Estrasburgo en la 4ª Directiva de Permisos de Conducción ha estado en marcha durante más de un año, pero de acuerdo con el principio de "igualdad de derechos para todos dentro de la UE", tiene la intención de garantizar una mayor uniformidad y claridad en las regulaciones de tráfico dentro de los estados de la UE.
Hasta que se determinen las condiciones finales después de las nuevas elecciones en el Parlamento Europeo a principios de junio de 2024, todos los informes intermedios aún deben tratarse con cautela, pero las señales son actualmente buenas de que las autocaravanas - independientemente de su sistema de conducción - pronto podrán ser conducidas con un peso bruto máximo permitido de hasta 4,25 toneladas con un permiso de conducción de la categoría B.